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Medida exige que los restaurantes muestren datos calóricos

La información podrá ser provista en un folleto independiente

Como una alternativa para aminorar la alta incidencia de obesidad en la Isla, el portavoz de la mayoría en el Senado, Carmelo Ríos, informó que se encuentra ante la consideración de la Cámara de Representantes un proyecto de su autoría que propone crear la ’Ley para la Publicidad de Datos Nutricionales’. La medida requerirá a las cadenas de restaurantes, de 5 o más establecimientos, que publiquen de forma clara en sus menús las calorías de cada uno de los artículos disponibles para los consumidores.

Sobre el Proyecto del Senado 303, que de ser aprobado entrará en vigor tan pronto como el 1 de julio, el Legislador destacó la importancia de que el consumidor conozca los pormenores de los que está ingiriendo”. La vida moderna nos ha obligado a cambiar los hábitos a la hora de alimentarnos y cada vez, más puertorriqueños compran comidas preparadas en distintos establecimientos. Mientras que el ciudadano que adquiere alimentos en un supermercado usualmente tiene disponible los datos nutricionales y los puede verificar fácilmente. Con esto pretendemos que, aunque cada persona pueda escoger libremente cuáles serán los alimentos que compongan su dieta, lo pueda hacer de una manera informada y responsable”.

La medida expresa que a partir del próximo mes, todo establecimiento de alimentos que provea un menú o ilustre artículos en una pizarra deberá incluir en el mismo la información del contenido calórico de cada artículo de su menú estándar de alimentos al lado del nombre o ilustración del artículo utilizando un tipo de letra clara y conspicua.

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En cuanto a los negocios con servi-carro, que muestren su menú en una pizarra, la empresa deberá  tener disponible un folleto con la información del contenido calórico de cada alimento y un rótulo  que indique de manera clara la disponibilidad del mismo.

En el caso de los restaurantes que no son de comida rápida y que cuentan con atención en las mesas, la información podrá ser provista en un folleto independiente que esté dentro del menú o que se encuentre permanentemente en la mesa.

De hecho, recientemente el Congreso enmendó el ’Federal Food, Drug and Cosmetic Act’ para proponer algo similar. Sin embargo, esta enmienda se limita a cadenas de 20 o más establecimientos mientras que la propuesta a través del Proyecto 303 resultará mucho más abarcadora.

Cabe destacar que de ocurrir violaciones a las disposiciones de esta Ley y su reglamento, el Secretario del Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) podrá imponer multas administrativas al dueño del establecimiento de hasta $500. En caso de violaciones subsiguientes podrían ser de hasta $1,000 por una segunda violación y hasta dos mil $2,000 por violaciones subsiguientes.

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