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Vacuna será obligatoria para empleados y clientes de negocios de comida y bebida

Negocios que no requieran la vacuna deberán reducir su capacidad a un 50 por ciento

El gobernador Pedro Pierluisi anunció esta tarde la firma de una nueva Orden Ejecutiva en la que ordena a los negocios de comida y bebida en Puerto Rico a requerir la vacuna contra el COVID-19 a empleados y clientes.

La medida entrará en efecto desde el 23 de agosto y aplicará para restaurantes, barras, chinchorros, cafetines ‘sports bar’, teatros, cines, coliseos, centros de convenciones y actividades.

Empleados tendrán hasta el 7 de octubre para completar su ciclo de vacunación.

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Los comercios, incluidos los ‘food courts’, cafeterías y cualquier otro lugar que expenda comidas preparadas o bebidas, que no requieran identificación de vacunación a los clientes y comensales, se les reducirá el aforo en un 50 por ciento.

Se mantienen las excepciones a las personas que por razones médicas y religiosas no se vacunen. De no querer vacunarse, deberán presentar prueba de COVID-19 semanal o prueba de que se recuperó del virus.

Todos los lugares deberán verificar que los visitantes mayores de 12 años cumplan con estar vacunados, presentar resultado negativo de COVID-19 realizada 72 horas antes de entrar al comercio o presentar resultado positivo a COVID-19 de los pasados tres meses con evidencia de recuperación. Están exceptuados todas las personas que única y exclusivamente adquieran sus alimentos, pero no consuman los mismos dentro del establecimiento comercial.

Cualquier persona o empresa que incumpla con la Orden Ejecutiva se expone a un máximo de seis meses de cárcel, una multa que no excederá $5 mil o ambas a discreción del Tribuna.

 

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